Nivel de Educación Preprimaria en el Sistema Educativo de Guatemala

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El Nivel de Educación Preprimaria es parte del Sistema Educativo Nacional y del Subsistema de Educación Escolar. Prosigue al Nivel de Educación Inicial y antecede al Nivel de Educación Primaria. Está regulado por la Legislación Educativa de Guatemala[1] y responde a los planes, programas y proyectos de desarrollo educativo que establece el Ministerio de Educación para la atención sistemática de la población escolar de 4 a 6 años.

En este nivel se presta atención educativa a estudiantes de párvulos 1, 2 y 3 de los sectores público, privado y municipal. En el sector público los estudiantes son atendidos en escuelas exclusivas del nivel o secciones anexas a escuelas del Nivel de Educación Primaria; el sector privado es cubierto por instituciones educativas particulares autorizadas por el Ministerio de Educación.

La educación preprimaria contribuye al desarrollo integral, desde la perspectiva y posibilidades del contexto escolar. Ofrece oportunidades para que los estudiantes alcancen su máximo potencial en todas las áreas del desarrollo y facilita la formación de hábitos que favorecen el bienestar individual, la integración social y la valoración de su entorno; además, establece las bases para aprendizajes futuros, garantizando de esta manera la continuidad, permanencia y éxito en los diferentes grados y niveles que conforman el Sistema Educativo Nacional.

El nivel de educación preprimaria en el sistema educativo nacional

Notas

  1. Constitución Política de la República de Guatemala, reformada por el Congreso de la República y aprobada su reforma a través de referéndum en el año de 1993, artículo 74; y Ley de Educación Nacional, Decreto Legislativo No. 12-91, 12 de enero de 1991.